ORGANO DESCONCENTRADO

Término usado en el área del gobierno, ingresos tributarios y admninistración presupuestaria.

Forma de organización con autonomía administrativa pero sin personalidad jurídica ni patrimonio propio, que de acuerdo a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene facultades específicas para resolver asuntos de la competencia de su órgano central, siempre y cuando siga los señalamientos de normatividad dictados por este último. Ejemplos: Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, Consejo Nacional de Radio y Televisión, etc.

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Adam Smith: Biografía de uno de los fundadores de la ciencia económica.


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