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ACUERDO DE SUBORDINACIÓN

Corresponde al derecho, derecho comercial, los negocios y el comercio.

Acuerdo en donde más de una "entidad legal" tienen un interés o algo que reclamar en contra de los recursos de un deudor prospecto. Un banco puede requerir que las otras partes interesadas firmen acuerdos de subordinación antes de conceder o autorizar un préstamo. En ese acuerdo, otra parte interesada le otorga al banco un derecho o prioridad o preferencia sobre los recursos o activos del deudor, antes de cualquier reclamación o requerimiento que pudiera tener.

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