SOCIEDAD DE NOMBRE COLECTIVO

Expresión usada en el contexto de la administración, organización de la empresa, negocios y gestión.

En inglés partnership. Se formará con el nombre de uno o más socios y si no figuran todos, se le añadirán las palabras "y compañía" u otras equivalentes.

Basta que un nombre aparezca en la razón social, para que esta persona quede sujeta a responsabilidad ilimitada y solidaria con la sociedad (artículo 28). En caso de cambiar a alguno de los socios cuyo nombre aparezca en la razón social, deberá agregarse a ésta la palabra "sucesores".

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