SOCIEDAD CIVIL

Corresponde al derecho, derecho comercial, los negocios y el comercio.

Aquella en que los socios se obligan mutuamente a cambiar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico pero que no constituye una especulación comercial.

SOCIEDAD CIVIL

Sociedad formada según las normas jurídicas y que no tiene por objeto la consecución de fines mercantiles. También se conoce como sociedad sin animo de lucro.

Temas interesantes

Paul Krugman: Premio Nobel Economía 2008.

Adam Smith: Biografía de uno de los fundadores de la ciencia económica.


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