GARANTÍA REAL

Corresponde al derecho, derecho comercial, los negocios y el comercio.

Se produce cuando un bien del deudor o de un tercero queda afecto en garantía del cumplimiento de la obligación del deudor de modo que el acreedor pueda realizarlo independientemente para satisfacer sus derechos. Los supuestos legales son: prenda ordinaria, prenda sin desplazamiento, hipoteca ordinaria, hipoteca mobiliaria, hipoteca naval y anticresis.

GARANTIA REAL

La que se basa en bienes tangibles, y que el sujeto del crédito otorga en garantía para responder por la obligación contraida.

Temas interesantes

Adam Smith: Biografía de uno de los fundadores de la ciencia económica.


Todos los derechos reservados © Eco-finanzas 2007 - Condiciones de uso información
eco-finanzas
eco-finanzas
Administración
Economia
Finanzas
Marketing
economistas
Conceptos de economía