CRÉDITO DOCUMENTARIO

Término utilizado en finanzas, bancos, títulos y valores financieros.

En inglés letter of credit. Es toda apertura de crédito, cualquiera que sea su forma, hecha al destinatario de mercancías en ruta, y garantizada por los documentos correspondientes a estas mercancías. El crédito documentario, también llamado carta de crédito (Letter of Credit L/C) representa el compromiso del banco emisor de poner a disposición del comprador -por cuenta del vendedor-, y a través de un segundo banco aceptante notificador, una cantidad convenida en condiciones muy precisas. Se trata pues de documentos y no de mercancías lo que se está negociando. Los créditos documentarios pueden ser: revocables e irrevocables y pagaderos a la vista, con pago diferido y utilizables mediante letra a plazo (Reimbursement Credit). Los principales documentos que integran este crédito son:

a) Factura que ampara la mercancía y el valor.

b) Póliza de seguro.

c) Conocimiento de embarque.

d) Certificados de origen, de inspección o sanitarios.

Los pasos que siguen en el proceso de un crédito documentario para importación, exportación y nacional son:

- Apertura mediante solicitud.

- Contabilidad y registro de desembolsos.

- Modificaciones y discrepancias en las condiciones.

- Análisis exhaustivo de documentos.

- Pago.

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