DESINCORPORACION DE EMPRESAS PUBLICAS

Término usado en el área del gobierno, Ingresos Tributarios y administración presupuestaria.

Proceso que consiste en reducir la participación del Estado en áreas o actividades económicas no estratégicas ni prioritarias, a través de la Venta, liquidación, extinción, transferencia o fusión de entidades del sector paraestatal. Dicho proceso constituye una parte importante del redimensionamiento del sector público y tiende a liberar Recursos para orientarlos a objetivos de mayor prioridad.

Los criterios que orientan la desincorporación, resultan de diversas consideraciones referentes a la situación real que guardan las empresas, fundamentalmente en lo que se refiere a los aspectos financieros, operativos, comerciales, administrativos y legales.

Se sujetan a la liquidación o extinción aquellas entidades cuyas actividades se duplican; las que han alcanzado los propósitos para los cuales fueron creadas; las que no cumplen con sus fines u objetivo social, o cuyo financiamiento no es conveniente desde el punto de vista de la economía nacional o del Interés público, considerando muy especialmente aquéllas que enfrentan una difícil situación financiera y técnica y en donde no es viable mantener su operación, a no ser que se les siga proporcionando apoyos gubernamentales, ahora sujetos a una racionalización estricta en Función a las prioridades nacionales.

La fusión se efectúa cuando la relación existente entre sus actividades permite unificar programas y objetivos, mejorar sus estructuras administrativas, simplificar sus procesos de producción, optimizar el Empleo de sus Recursos Financieros, técnicos y humanos, y en general, incrementar su Eficiencia y Productividad.

La transferencia a los gobiernos de los estados tiene como propósito fundamental contribuir al fortalecimiento de una política de descentralización, del federalismo, de la autonomía del municipio y de la promoción del Desarrollo regional donde las entidades realizan sus actividades.

Finalmente, se someten a proceso de Venta aquellas entidades en las que, por no tener el carácter de estratégicas o prioritarias, la presencia estatal no se justifica.

La normatividad de las ventas surge de las leyes y reglamentos que en forma general o específica rigen la formación, estructura, operación y desincorporación de una Empresa paraestatal, tales como la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de Entidades Paraestatales, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y la acta constitutiva de la entidad.