Martín de Azpilcueta

(1493-1586)

Profesor de derecho canónico y economista español.

Nació en la localidad navarra de Barásoain y formó parte de la Escuela de Salamanca, que entre cosas señaló por primera vez la relación entre el aumento de la cantidad de Dinero en circulación y el aumento de los Precios, lo posteriormente se denominó Teoría Cuantitativa del Dinero.

En 1509comenzó sus estudios de Filosofía y Teología en la Universidad de Alcalá, donde estuvó 4 años y se graduó en ambas ciencias. Posteriormente realizó estudios de Derecho Canónico en la universidad de Toulouse, en aquel periodo la más prestigiosa en esta disciplina. Fue nombrado en la cátedra de Cánones de la universidad de Toulouse a la edad de 26 años

Dictó clases en la universidad de Toulouse, y en la universidad de Cahors.

En Salamanca se vió en la obligación de doctorarse nuevamente en Cánones, ya que esta universidad no consideraba válidos los grados obtenidos en otras universidades. Se desempeñó como catedrático en Salamanca por catorce años.

Por orden de Carlos V fue a la Universidad de Coimbra en Portugal, fundada reciéntemente por los reyes portugueses.

Una vez radicado en Portugal el rey Juan III le otorg ó en 1538 la cátedra de Prima de Cánones y una Renta anual de ochocientos cincuenta ducados, y también una chantría en la catedral de aquella ciudad.

Durante su permanencia en Coimbra, junto a sus labores docente, tuv ó influencia en la vida política de Portugal en calidad de consejero y confesor de personajes influyentes.

Se le consultó además por varios temas por la Inquisición y se le quiso dar un obispado, el que no aceptó.

Luego de dieciséis años como académico en Portugal, abandonó ese reino para dedicarse al estudio y a la publicación de sus obras.

Martín de Azpilcueta se hizo conocido por su Comentario resolutorio de usuras (1556), en el que estudió el diferente Poder Adquisitivo de las monedas nacionales, en relación con la abundancia o Escasez relativa de metales preciosos, formulando así la base de la Teoría Cuantitativa del Dinero.

La Moneda de oro, por su particular falta, puede valer más de lo que valdría, si hubiese abundancia de ella; y la moneda de plata, por su particular falta, y la de metal por la suya, y toda la Moneda generalmente, por la de su particular falta.

Tratado resolutorio de cambios, Martín de Azpilcueta, 1556