COMISIONES Y GASTOS DE LA DEUDA PUBLICA

Término usado en el área del gobierno, Ingresos Tributarios y administración presupuestaria.

Es el porcentaje o capacidad determinada que se cubre al Acreedor por el servicio del Crédito otorgado, pudiéndose aplicar sobre los saldos deudores de un préstamo, este cargo opera independientemente de la tasa de Interés y otras cargas financieras convenidas, en la concertación del empréstito.

Son las cantidades pagadas por el Gobierno Federal y las entidades del Sector Público por los servicios recibidos de los agentes suscriptores e intermediarios del Crédito. Asignaciones destinadas a cubrir Comisiones y otros Gastos derivados de los diversos créditos o financiamientos autorizados o ratificados por el H. Congreso de la Unión, colocados a Plazo de un año o más en instituciones nacionales y extranjeras, privadas y mixtas de Crédito y otros acreditantes, pagaderos en el interior y exterior del país, tanto en Moneda nacional como extranjera.