LEY GENERAL DE DEUDA PÚBLICA

Corresponde al derecho, derecho comercial, los negocios y el Comercio.

En esta ley se regula y se establece la contratación de empréstitos en el exterior e interior del país, y qué organismos están facultados para ello.

LEY GENERAL DE DEUDA PUBLICA

Conjunto de disposiciones jurídicas que norman la programación, negociación, contratación, autorización, manejo, registro y vigilancia de la Deuda pública financiera interna y externa a cargo de las entidades de la Administración Pública Federal (dependencias del ejecutivo, organismos, empresas, instituciones y fideicomisos públicos).

Enuncia las facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en esta materia y contiene disposiciones para la programación de la Deuda, la contratación de financiamiento tanto a cargo del Gobierno Federal como de las entidades paraestatales, y la vigilancia y registro de las obligaciones financieras, lo cual incide en la programación y control del endeudamiento en su aspecto financiero.