FONDO ROTATORIO

Término utilizado en finanzas, bancos, títulos y valores financieros.

Es un préstamo que tiene por objeto proporcionar Recursos Financieros de inmediato y con la amplitud adecuada a las unidades responsables, a fin de permitirles sufragar aquellos Gastos emergentes por conceptos específicos aprobados, y cuyo pago pueda tramitarse también de inmediato en forma directa, afectando el Presupuesto.

El monto del préstamo generalmente es mayor al del "Fondo revolvente" y también es definido y autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Es el mecanismo presupuestario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público autoriza expresamente a cada una de las dependencias, otorgándoles Liquidez inmediata al inicio de cada ejercicio presupuestario, para cubrir sus compromisos y necesidades de carácter urgente, derivados del ejercicio de sus funciones.

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