FIDUCIA

Corresponde al derecho, derecho comercial, los negocios y el Comercio.

Se denomina fiducia mercantil al negocio jurídico en virtud del cual una persona llamada fiduciante o fideicomitente, transfiere uno o más Bienes especificados a otra llamada fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad determinada por el constituyente, en provecho de éste o de un tercero llamado beneficiario o Fideicomisario.

FIDUCIA

Operación jurídica por la que se transfiere un determinado Bien a una persona con la condición de que lo tiene que devolver después de un determinado Tiempo previamente convenido y en unas condiciones determinadas.