DESAHUCIO

Corresponde al derecho, derecho comercial, los negocios y el Comercio.

En inglés eviction.

Es el acto que equivale a lanzamiento, o sea, obligar al arrendatario a desocupar el inmueble arrendado. Como acepciones:

Es el acto judicial de efectuar la Desocupación y también significa el aviso que da el arrendador al arrendatario de la conclusión del contrato de arrendamiento, como el que el arrendatario notifica a aquél en el mismo sentido.