DEPÓSITO PREVIO DE IMPORTACIÓN

Esta expresión se utiliza asociada al Comercio exterior y el Comercio Internacional entre países.

Depósito que deben efectuar los importadores en cuentas especiales en el Banco Central o bancos comerciales, equivalente a una fracción del Valor de los Bienes que planean importar, el que debe ser mantenido durante un cierto período de Tiempo después del cual el importador puede disponer de él.

Constituye un instrumento de Política Comercial que tiene como efecto restringir las Importaciones, porque aumenta el Costo de las mismas para el importador. debido a que el Depósito es un préstamo forzoso sin intereses que se hace al gobierno.