BASE LIQUIDABLE

Término usado en el área del gobierno, Ingresos tributarios y administración presupuestaria.

Es la Base Imponible minorada en la cuantía en que se valores los conceptos aptos para su minoración. En el Impuesto sobre la Renta consistirá en la Renta bruta una vez deducidos los Gastos que la ley admita como necesarios para su obtención. Sobre la misma se aplica el tipo impositivo.

El artículo 70 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 6 de junio de 1991 (B.O.E. de 7 de junio) señala que la base liquidable regular estará constituida por el resultado de practicar en la parte regular de la Base Imponible las reducciones previstas en el artículo 71.