BALANCE TRIBUTARIO

Término usado en el área del gobierno, Ingresos tributarios y administración presupuestaria.

Por regla general, los contribuyentes afectos al Impuesto de Primera Categoría de la Ley de la Renta deben presentar en cada año tributario una declaración de Impuestos que cubre las Rentas efectivas devengadas o percibidas en el año calendario o año comercial anterior.

La determinación de estas Rentas efectivas o Base Imponible envuelve todo un proceso contable-jurídico que se conoce en doctrina como el Balance tributario o impositivo y que incluye las siguientes etapas: Ingreso bruto, Renta bruta, Renta líquida y Renta líquida imponible.

Este procedimiento es, en primer término, de carácter contable, pues son los libros de contabilidad los llamados a registrar o reflejar la composición de los resultados de cada ejercicio financiero. Es además jurídico, en cuanto debe ceñirse a lo que la ley del ramo acepta, rechaza o regula respecto a las diversas partidas de la contabilidad que signifiquen un Ingreso o un gasto.

El resultado arrojado por el Balance Tributario no ha de coincidir necesariamente con el resultado del Balance Contable, pues algunas partidas que la ley considera Ingresos o Gastos, no lo son desde el punto de vista contable, o viceversa.