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INTERÉS ANTICIPADO

Término utilizado en finanzas, bancos, títulos y valores financieros.

Este concepto tiene dos significados:

1. Interés que al ser calculado se cobra antes de que se genere, por el simple transcurso del tiempo.

Si la deuda se paga total o parcialmente antes del vencimiento pactado, se regresa en forma proporcional la parte de los intereses no generados.

En algunos tipos de crédito no se permite el pago anticipado de intereses, pero en caso de aceptarse, se cobra una comisión o pena convenida.

2. También se entiende como el monto de los rendimientos de los intereses producidos por cuentas de ahorro proyectadas.

Con base en actualizaciones, reduce los "picos" en el cómputo al final del periodo y proporciona a la institución un pronóstico confiable para ver sus gastos por concepto de intereses. Este análisis es usado no sólo por instituciones de ahorro, sino que también por cualquiera que, captando recursos, se comprometa a un pago fijo de intereses.

INTERES ANTICIPADO

Cantidad de intereses previstas como ingresos en las cuentas de ahorro, suponiendo que no se realizan nuevos depósitos o retiradas de fondos antes de que acabe el periodo en curso. El valor calculado debe actualizarse después de cada depósito o retirada de fondos.

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